La renovación de las patentes que amparan la explotación de máquinas electrónicas de juego resulta procedente solo en la medida que se dé cumplimiento a la totalidad de los requisitos necesarios para su otorgamiento. Los municipios deben requerir, en su caso, informe de la Superintendencia de Casinos de Juego en los términos señalados. DOCUMENTO COMPLETO N° 25.712 Fecha: 27-IX-2019<br< p=»»></br<> Se han dirigido a esta Contraloría General el senador…